Publicado en El Mundo de Berisso 30/01/17

Bosques nativos: Ley en vigencia, ambientalistas con reparos



A través del decreto 25/17, recientemente firmado por la gobernadora María Eugenia Vidal, quedó promulgada con el Nº 14.886 la Ley de Bosques Nativos de la Provincia de Buenos Aires. Desde la administración provincial señalan que la norma “garantiza la conservación y uso sustentable de casi un millón de hectáreas de bosque bonaerenses”, afirmación que genera reparos entre organizaciones ambientalistas, entre ellas la berissense “Salvemos el Monte”. Para el sector, desde el que evalúan avanzar en un pedido de ‘inconstitucionalidad’, la Ley esconde un presunto ‘entramado de intereses inmobiliarios’ y reduce notablemente la superficie de territorio que desde su óptica debería ser alcanzada por el máximo nivel de protección.
Hasta la promulgación de la Ley, Buenos Aires era la única provincia del país que carecía de una norma legal específica para la protección de sus bosques, tal como exige la Ley Nacional Nº 26.331 de ‘Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos’.
“Esta ley es fundamental para la conservación y el uso sustentable de uno de los recursos naturales más importantes de nuestro territorio, considerando los múltiples beneficios ambientales y funciones ecológicas que los bosques nativos tienen para la calidad de vida de todos y las diversas amenazas que se ciernen sobre estos ecosistemas forestales”, sostuvo el titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), Ricardo Pagola, conocida la noticia del decreto de la gobernadora.
La norma, se informó desde el área, establece la protección de la totalidad de los bosques nativos de la provincia, calculada en 969.000 hectáreas. En el 80 % de esa superficie, en tanto, prohíbe el desmonte y la modificación del uso del suelo. A los ojos de los responsables del OPDS, se protege de este modo  casi un millón de hectáreas, que podrán conservar sus características ambientales y su biodiversidad, ya que “sólo serán autorizadas las actividades que garanticen el desarrollo sostenible del ecosistema”.
Las actividades que se desarrollen en estas áreas, según el texto de la norma, requerirán de la aprobación de la autoridad de aplicación local y deberán respetar la subsistencia del bosque nativo.
Con la aprobación de su propia norma, la Provincia ya está en condiciones de acceder a beneficios postulados por la Ley Nacional. En tal sentido, se estableció que los propietarios y tenedores de predios con bosque nativo podrán financiar sus actividades a través de la presentación de planes de conservación y de manejo sostenible, los cuales serán propuestos y elaborados por profesionales, y deberán contar con el aval técnico de la autoridad local de aplicación de la Ley.
De acuerdo al ordenamiento territorial elaborado por el OPDS, las formaciones boscosas nativas alcanzadas por la Ley son, en orden de superficie: Caldenal y Monte (más de 894.000 hectáreas); Talares del Este (más de 54.000 hectáreas); Delta y Talares de Barranca (casi 17.000 hectáreas) y Bosques de Ribera (alrededor de 4.200 hectáreas).
Programa Provincial de Bosques Nativos
La Ley también establece la creación del Programa de Bosques Nativos, que entre otras cosas apuntaría a capacitar personal técnico de los ámbitos provincial, municipal y privado para aplicar la ley, así como a desarrollar metodologías, pautas, lineamientos e indicadores para la conservación y el manejo sostenible de los bosques nativos.
De acuerdo a la letra de la Ley, otros alcances del Programa estarían relacionados con la elaboración y presentación de planes de conservación y planes de manejo sostenible, con proyectos de restauración ecológica, recuperación y enriquecimiento de bosques nativos degradados y con estrategias de comunicación, extensión y educación ambiental en la sociedad civil. Además, fija la necesidad de trabajar con los pequeños productores que realizan actividades no compatibles con la conservación y el uso sustentable de los bosques, planteando la necesidad de asistirlos técnica y financieramente para que puedan adecuarse a los términos de la Ley.
Cuestionamientos
En sintonía con otras organizaciones ambientalistas de distintos puntos del territorio bonaerense, integrantes de la ONG berissense “Salvemos al Monte” ya habían participado del pedido de veto al proyecto aprobado por la Legislatura.
Consumada la promulgación, la vía que se presenta ahora es la de insistir con un planteo de inconstitucionalidad.
Para los ambientalistas, la norma ‘contradice’ a la Ley Nacional 26.331 y a la Ley General del Ambiente, al vulnerar el derecho a vivir en un ambiente sano de los bonaerenses. Según advierten, la norma provincial sería ‘anticonstitucional’ por estar debajo del piso mínimo fijado por la arriba citada Ley de ‘presupuestos mínimos’.
Voceros del sector argumentaron también que, mientras en otras provincias quien daña un bosque debe pagar una multa que repare ese daño, en el caso de Buenos Aires lo que se recaudara por estas acciones iría a rentas generales, con el riesgo de no llegar nunca a subsanar los problemas causados.
No obstante, el reparo tal vez fundamental que presentan es su diferencia de criterio en cuanto a la valoración de las masas boscosas contempladas. En tal sentido, mencionan que las áreas rojas y amarillas (las que exigen mayor nivel de compromiso en su preservación) se redujeron respecto de mapas que se venían analizando en los últimos años.
Aseverando que la nueva normativa afectará de distintas formas la vida de 17 millones de personas, referentes de la organización describen que los bosques y los humedales actúan como ‘esponja’ ante la amenaza de inundaciones. Sin ese freno, las aguas avanzarían sobre pueblos y ciudades, con los consabidos perjuicios que exhiben sitios que ya se vieron afectados por la problemática.
“Somos ciudadanos que no tenemos un interés particular respecto a esto. En muchos casos hay gente que tiene más de 15 años de lucha, frente a grandes corporaciones que avanzan con sus emprendimientos inmobiliarios”, aseveran.

Publicado en fororiodelaplata.com.ar 17/01/17

Reclamo a Nación por la Ley de Reordenamiento Territorial Bonaerense.

Texto de la carta presentada al Ministro Sergio Bergman:
Buenos Aires, 16 Enero 2017
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Rabino Sergio Bergman
S               /              D
Ref.: LEY 14.888 (ex PROYECTO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE BOSQUES PROVINCIAL A1/15-16)
Por medio de la presente queremos hacer llegar a Ud. nuestra preocupación y rechazo a la aprobación del proyecto de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos Bonaerenses (proyecto A1/15-16) sancionado en Cámara de Diputados a las 23:30 del miércoles 21 de Diciembre pasado y reclamar de Ud. la debida intervención para iniciar un proceso participativo (tal como lo ordena el artículo 6 de la Ley N° 26.331) y consensuado de una Ley, que dentro de los marcos de las normas vigentes proteja a los escasos bosques aún existentes en nuestra provincia.
Somos personas y organizaciones que venimos denunciando las irregularidades relacionadas con dicho proyecto desde que fuera presentado en audiencia pública convocada de manera irregular  el 14 de febrero de 2014, y que el 29 mayo del 2015 fue aprobado en la Cámara de Senadores por sorpresa y completamente a espaldas de la comunidad.
La Ley Nacional N° 26.331 ordena que cada provincia realice su Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos en un proceso participativo. Un proceso participativo no es “una” Audiencia Pública;  sino, una construcción que implica varias y diversas instancias. En este proyecto, recientemente sancionado por el Congreso, no participamos. De todas formas, tratando de vencer esa ilegalidad, fuimos a ver a todos los diputados, pedimos reuniones, escribimos y presentamos notas, diciendo lo que pensamos y está a la vista: el mapa de bosques provincial aprobado no cumple con los criterios de sostenibilidad ambiental de la Ley Nacional N°26.331, omite relictos de bosques nativos y deja sujeta a la discrecionalidad de la Autoridad de Aplicación la categorización de pequeñas zonas, al momento de la autorización de actividades.
Durante todo este período de reclamo, hemos recabado un sinnúmero de argumentos científicos para constatar que:
1) Los mapas realizados por el Estado NO FUERON CONFECCIONADOS SEGÚN LO PLANTEADO EN EL ESPÍRITU DE LA LEY NACIONAL N° 26.331.
2) El uso de los últimos bosques nativos existentes en la provincia que sugiere el proyecto en cuestión ES TOTALMENTE INCOMPATIBLE CON LA PROTECCIÓN QUE ENARBOLA LA LEY NACIONAL N° 26.331
Por otro lado, de la lectura misma del articulado del proyecto en cuestión surge la evidencia de que:
3) Se pretende justificar, con el apelativo de “obra pública”, el avance de modificación de uso de suelos incluso en las áreas codificadas como CATEGORÍA 1 (ROJO = MÁXIMO NIVEL DE CONSERVACIÓN), dejando en manos de cada municipio las decisiones respecto de cada territorio en particular.
Consideramos que la ley recientemente sancionada viola el espíritu de nuestra Constitución y de la Ley N° 26.331. Es una ley que, lejos de tener fines de protección, habilita la destrucción de lo poco que queda de bosque nativo. ¿Sabe Ud. que en nuestra provincia ya casi no quedan bosques? ¿Sabe que desmontar un par de hectáreas es en algunos casos acabar con el bosque existente? ¿Sabe Ud. que el riesgo real de episodios de poblaciones inundadas se multiplicará? ¿Sabe que las pérdidas materiales y sociales que provoquen las inundaciones las pagaremos todos los bonaerenses?
Las organizaciones y personas (tanto de la sociedad civil como de la comunidad científica) que nos vemos afectados por esta situación tenemos propuestas concretas para confeccionar un mapa que realmente proteja los bosques.
Esta Ley provincial 14.888 no sólo es contraria a nuestra Constitución Nacional (art 41 y 75, inc. 22), sino que mediante su aplicación, con un tinte productivo y no proteccionista, la Argentina incumple compromisos internacionales, como el asumido mediante el Acuerdo de París que recientemente entró en vigor, y cuyo objeto es la reducción de emisiones de gases que contribuyen al cambio climático en metas cuantificables. Asimismo, incumple convenios internacionales como el Convenio relativo a los Humedales de importancia internacional como hábitat de aves acuáticas, conocido como Convenio Ramsar (1971), al no tener en cuenta estos ecosistemas dentro de las categorías de protección que albergan bosques nativos, y el Convenio sobre Biodiversidad (1992). De más está mencionar la inobservancia de los principios internacionales de derecho, reconocidos en la Declaración de Río 1992 (principio precautorio, el acceso a la información pública ambiental y a la participación ciudadana), con lo cual se evidencia que esta no es una ley ambiental.
Queremos dejarle claro a Ud. que es debido a la dinámica de ocultamiento sistemático de la información y VIOLACIÓN DEL DERECHO DE ACCESO LA INFORMACIÓN PÚBLICA que las problemáticas no se visualizan. Se ve claramente que la intención es reducir los conflictos al sector del bosque nativo costero, y al nivel localista-municipal para que quede invisibilizado que el ordenamiento territorial de bosques nativos presentado por el OPDS en la presente ley, representa el mismo problema para varias zonas de la provincia, por ejemplo, en los partidos de Berazategui, donde existen countries en construcción sobre bosques y humedales, además del proyecto de un vial costero sobre la selva marginal; desde San Fernando hasta el municipio de Berisso, con la extensión del puerto de La Plata, donde ya se han visto afectadas las islas del Delta del Río Santiago; sectores de selva en galería en las Islas del Tigre; talares en la Bahía de Samborombón y Punta Indio al este de la Provincia; talares de barranca al norte; bosques de Caldenal en el Sur de la Provincia y bosques ribereños a lo largo de toda la costa del Río de La Plata, que son reguladores hídricos, previenen inundaciones y alimentan los acuíferos de donde se extrae el agua que muchos de nosotros consumimos.
Sin ahondar aquí en más detalles, creemos que ES URGENTE Y NECESARIO que desde nación se intervenga para frenar este atropello y esta violación del derecho a un ambiente sano y a la correcta participación de la comunidad; siendo que este proyecto es REGRESIVO respecto de la LEY NACIONAL Nº26331 y promulgada en estas condiciones resulta ANTICONSTITUCIONAL.
Adhieren a esta carta:
Adolfo Perez Esquivel Premio Nobel de la Paz
Nora Cortiñas Madres Plaza de Mayo Línea Fundadora
Monseñor Jorge Lugones Obispo de Lomas de Zamora.
Dr. De Magistris Alberto Antonio Ciencias Biológicas U.B.A.
Di Giacomo María Angélica Docente Universitaria.
Dr. Paruelo José. Investigador Superiori del Conicet. Prof. titular de la UBA.
Pablo Badano. Movimiento en Defensa de la Pacha
Asamblea Barrial de Beccar
Asamblea de Inundados de Tolosa
Asamblea No a la Entrega de la Costa Quilmes Avellaneda
Asociación Ambientalista Los Talares de (Maschwitz-Escobar)
Asociación Ambientalista Partido de Escobar
Asociación Civil UPVA (Unidos por la Vida y el Medio Ambiente)
Asociación Patrimonio Natural de Pilar.
Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM)
Club de Observadores de Aves Bernal (COA Bernal)
Club de Observadores de Aves Lanús- Lomas de Zamora (COA Lanús-Lomas)
Catedra libre de Ingeniería Comunitaria UBA
Centro Cultural Tonkiri
COB La Brecha
COEPSA.
Colectivo Ecológico Unidos por la Laguna de Rocha.
CTAA Bienes Comunes CTA Autónoma Provincia Bs. As.
Dirección Nacional de Cultura y Bienes Comunes de la CTA Autónoma
Ecos de Saladillo
Espacio Intercuencas.
Espacio OIKOS
Espacio de Lucha Territorial –Río Bravo y el FUL/MULCS regional Bs. As. Oeste.
Encuentro Socioambiental Regional La Plata
Federación Argentina de Estudiantes de Geografía.
Foro Regional en Defensa del Río de La Plata la Salud y el Medio Ambiente.
Foro Hídrico de Lanús
Foro Hídrico de Lomas de Zamora
Foro de Salud y Ambiente de Vicente López
FUL – MULCS Oeste (Frente Universitario de Lujan en Movimiento por la Unidad)
Fundación Ecosur
Inundados La Plata
Inundaciones Nunca Más
Junta Interna ATE-Auditoria General de la Nación
La plata Consciente
Maestría en Derechos Humanos y democratización para América Latina y el Caribe (UNSAM/CIEP)
Movimiento Popular  La Dignidad
Nuevo Ambiente
ONG. Amigos de la Tierra.
ONG. UTVA Vecinos por el humedal.
Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)
Parque Recreativo Los Hornos
Red Socio ambiental La Plata
Salvemos el Monte de Berisso
S.E.R.P.A.J.-Servicio Paz y Justicia-
Todos los 25 hasta que se vaya Monsanto y Fuera Monsanto
Unidos por el Río Vicente López
Vecinos Autoconvocados contra la CEAMSE Y CARE de Gonzalez Catán.
Vecinos del Humedal Campana
Vecinos por la defensa del patrimonio público y los derechos sociales. San Isidro
Vecinos por la Vida No a la Subestación Rigolleau
Latinoamericana y el Cambio Social Buenos Aires regional Oeste)