Publicado en El Mundo de Berisso 30/01/17

Bosques nativos: Ley en vigencia, ambientalistas con reparos



A través del decreto 25/17, recientemente firmado por la gobernadora María Eugenia Vidal, quedó promulgada con el Nº 14.886 la Ley de Bosques Nativos de la Provincia de Buenos Aires. Desde la administración provincial señalan que la norma “garantiza la conservación y uso sustentable de casi un millón de hectáreas de bosque bonaerenses”, afirmación que genera reparos entre organizaciones ambientalistas, entre ellas la berissense “Salvemos el Monte”. Para el sector, desde el que evalúan avanzar en un pedido de ‘inconstitucionalidad’, la Ley esconde un presunto ‘entramado de intereses inmobiliarios’ y reduce notablemente la superficie de territorio que desde su óptica debería ser alcanzada por el máximo nivel de protección.
Hasta la promulgación de la Ley, Buenos Aires era la única provincia del país que carecía de una norma legal específica para la protección de sus bosques, tal como exige la Ley Nacional Nº 26.331 de ‘Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos’.
“Esta ley es fundamental para la conservación y el uso sustentable de uno de los recursos naturales más importantes de nuestro territorio, considerando los múltiples beneficios ambientales y funciones ecológicas que los bosques nativos tienen para la calidad de vida de todos y las diversas amenazas que se ciernen sobre estos ecosistemas forestales”, sostuvo el titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), Ricardo Pagola, conocida la noticia del decreto de la gobernadora.
La norma, se informó desde el área, establece la protección de la totalidad de los bosques nativos de la provincia, calculada en 969.000 hectáreas. En el 80 % de esa superficie, en tanto, prohíbe el desmonte y la modificación del uso del suelo. A los ojos de los responsables del OPDS, se protege de este modo  casi un millón de hectáreas, que podrán conservar sus características ambientales y su biodiversidad, ya que “sólo serán autorizadas las actividades que garanticen el desarrollo sostenible del ecosistema”.
Las actividades que se desarrollen en estas áreas, según el texto de la norma, requerirán de la aprobación de la autoridad de aplicación local y deberán respetar la subsistencia del bosque nativo.
Con la aprobación de su propia norma, la Provincia ya está en condiciones de acceder a beneficios postulados por la Ley Nacional. En tal sentido, se estableció que los propietarios y tenedores de predios con bosque nativo podrán financiar sus actividades a través de la presentación de planes de conservación y de manejo sostenible, los cuales serán propuestos y elaborados por profesionales, y deberán contar con el aval técnico de la autoridad local de aplicación de la Ley.
De acuerdo al ordenamiento territorial elaborado por el OPDS, las formaciones boscosas nativas alcanzadas por la Ley son, en orden de superficie: Caldenal y Monte (más de 894.000 hectáreas); Talares del Este (más de 54.000 hectáreas); Delta y Talares de Barranca (casi 17.000 hectáreas) y Bosques de Ribera (alrededor de 4.200 hectáreas).
Programa Provincial de Bosques Nativos
La Ley también establece la creación del Programa de Bosques Nativos, que entre otras cosas apuntaría a capacitar personal técnico de los ámbitos provincial, municipal y privado para aplicar la ley, así como a desarrollar metodologías, pautas, lineamientos e indicadores para la conservación y el manejo sostenible de los bosques nativos.
De acuerdo a la letra de la Ley, otros alcances del Programa estarían relacionados con la elaboración y presentación de planes de conservación y planes de manejo sostenible, con proyectos de restauración ecológica, recuperación y enriquecimiento de bosques nativos degradados y con estrategias de comunicación, extensión y educación ambiental en la sociedad civil. Además, fija la necesidad de trabajar con los pequeños productores que realizan actividades no compatibles con la conservación y el uso sustentable de los bosques, planteando la necesidad de asistirlos técnica y financieramente para que puedan adecuarse a los términos de la Ley.
Cuestionamientos
En sintonía con otras organizaciones ambientalistas de distintos puntos del territorio bonaerense, integrantes de la ONG berissense “Salvemos al Monte” ya habían participado del pedido de veto al proyecto aprobado por la Legislatura.
Consumada la promulgación, la vía que se presenta ahora es la de insistir con un planteo de inconstitucionalidad.
Para los ambientalistas, la norma ‘contradice’ a la Ley Nacional 26.331 y a la Ley General del Ambiente, al vulnerar el derecho a vivir en un ambiente sano de los bonaerenses. Según advierten, la norma provincial sería ‘anticonstitucional’ por estar debajo del piso mínimo fijado por la arriba citada Ley de ‘presupuestos mínimos’.
Voceros del sector argumentaron también que, mientras en otras provincias quien daña un bosque debe pagar una multa que repare ese daño, en el caso de Buenos Aires lo que se recaudara por estas acciones iría a rentas generales, con el riesgo de no llegar nunca a subsanar los problemas causados.
No obstante, el reparo tal vez fundamental que presentan es su diferencia de criterio en cuanto a la valoración de las masas boscosas contempladas. En tal sentido, mencionan que las áreas rojas y amarillas (las que exigen mayor nivel de compromiso en su preservación) se redujeron respecto de mapas que se venían analizando en los últimos años.
Aseverando que la nueva normativa afectará de distintas formas la vida de 17 millones de personas, referentes de la organización describen que los bosques y los humedales actúan como ‘esponja’ ante la amenaza de inundaciones. Sin ese freno, las aguas avanzarían sobre pueblos y ciudades, con los consabidos perjuicios que exhiben sitios que ya se vieron afectados por la problemática.
“Somos ciudadanos que no tenemos un interés particular respecto a esto. En muchos casos hay gente que tiene más de 15 años de lucha, frente a grandes corporaciones que avanzan con sus emprendimientos inmobiliarios”, aseveran.

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