Por los Dres. Hugo C. Represa y Silvana E. Sosa.
Acorde lo estipulado, el día 12 de mayo de 2016 se llevó a cabo un
reconocimiento judicial in situ, ordenado por la Juez Mabel Cardoni, a cargo
del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 del Departamento Judicial La Plata,
como cuestión previa a la concesión o rechazo de la medida cautelar solicitada por la parte actora en los autos caratulados “DAWIDIUK Gerardo y otro c/Consorcio de
Gestión del Puerto La Plata s/ Amparo ambiental”.
Patrocinando a los actores (Gerardo Dawidiuk y Julio Orellano) hemos
solicitado, en el expediente referido, como medida preventiva, el cese de las
tareas de refulado llevadas a cabo por la demandada en terrenos comprendidos
dentro de la zona protegida por la Ley 12.756, en la parte continental del
partido de Berisso, que en el proyecto
de la obra portuaria se encuentran identificados como Recintos N° 1 y N° 2.
A tal fin, fuimos convocadas ambas partes como también el Municipio de
Berisso, traído como tercero a intervenir respecto del trazado y apertura de la
calle 12 hasta la altura del Recinto N° 2, cuya legitimidad y legalidad
cuestionamos al proponer la demanda.
Comparecieron por la parte actora los abogados Silvana Elisa Sosa y
Hugo Cesar Represa, por el Consorcio la letrada Laura Domínguez Guidi y el
Ingeniero Rodolfo Rocca, el abogado del Municipio Germán Sheridan acompañado
del responsable del área de Planeamiento arquitecto Buceto, y el Secretario del
Juzgado Dr. Leonardo Villegas.
Los actores y sus asesores no pudieron estar en el recorrido pues la
lancha que el Consorcio dispuso para la realización de la inspección ocular
tenía una capacidad de 10 personas, la cual se completaba con el conductor y
sus asistentes.
El recorrido partió desde la cabecera del Puerto La Plata en la
localidad de Ensenada. Al comienzo del mismo el Señor Secretario explicó que el
propósito del reconocimiento era poder tener una visión directa del estado de
cosas en la actualidad, sobre dos temas centrales: si se encontraban concluidas
las tareas de refulado en el recinto 2 tal como había manifestado el C.G.P.L.P.
por escrito, así como el trazado y estado actual de la calle 12.
Para ello se hizo una parada y caminata breve por el Recinto 2, luego
se continuó y volvimos a descender en la cabecera de la calle 12, observando el
estado de la misma y la zona proyectada como recinto 1.
A lo largo del recorrido el Secretario fue recalcando algunos puntos
respecto de los cuales no habría duda: a.- el refulado fue realizado sobre una
zona que es paisaje protegido; b.- la apertura de la calle 12 no se encuentra
acreditada formalmente mediante ningún acto de aprobación o habilitación más
allá del plano existente que data de mediados del siglo pasado; c.- toda
actividad que se realice en el paisaje protegido debe contar con autorización.
Sin embargo, con relación al refulado en el Recinto 2, cuya
finalización se pudo constatar, el Secretario consultará al Perito Ing.
Amarilla, para que perite el suelo del lugar, ya que el informe realizado
comprende los recintos 3, 4 y 5, ubicados en la isla Paulino. En relación al
perito, ponemos en duda su profesionalismo como tal, atento lo demostrado en la
pericia presentada en autos “Fundación Agronegocios c/ Tec-plata” que tramita
por ante el mismo Juzgado.
Asimismo, arrojó la posibilidad de convocar a profesionales en
ciencias agrarias y forestales para que emitan dictamen respecto de la
posibilidad de reforestar la zona del recinto 2, para que digan cuál es o son
las especies que más se adaptan a la naturaleza del lugar.
En cuanto al Recinto N° 1, los voceros del Puerto se encargaron de
recalcar que no había sido rellenado, que no se había hecho ninguna tarea en el
mismo. Por lo cual estos abogados de la
parte actora replicamos eso es lo que se pretende, que no se haga nada en el mismo quedando el
hábitat sin alterar. En respuesta, el Secretario dio la razón a estos últimos.
En el Recinto 2 se pudo observar una línea de árboles exóticos
implantados (pinos) y parte del relleno del terreno con canto rodado y piedras.
La explicación que dio el Sr. Rocca respecto de la proveniencia de las piedras
no se condice con lo observado, dijo que vino junto con el propio material de
dragado y como la boca de las cañerías estaba ahí, ahí es donde se acumuló.
Todo indica que es piedra traída de otro lugar distinto al lecho del río. Es
dable suponer que son restos de la construcción que sirvió de apostadero a las
torpederas que se ubicaban frente a la Escuela Naval, a la altura de “las 4
Bocas”.
También se puede ver como la vegetación fue avanzando y ganando
terreno, sobre todo especies como el aliso de río. El Secretario manifestó
preocupación en lo que respecta a la flora y la fauna del lugar, como
así también en relación a las aves, para lo cual se requeriría la intervención
de profesionales en la materia.
Para los representantes del puerto, el hecho de que con el rellenado
se haya elevado la cota es un tema “obvio”, y de acuerdo a lo que expresó la
abogada Domínguez, la gente estaría contenta, porque claro, “le
levantás el terreno y ya no se inunda” (Textual). Insistieron en que
solo se había removido “suelo del mismo lugar”. La idea de remediación que
tienen es la reforestación, ninguna otra. A esto los abogados de los actores
replicamos que la modificación de las características del suelo por la
elevación de la cota es un daño en sí mismo a la zona protegida, y que la
remediación propiamente dicha es la recuperación del humedal; lo cual mereció
un profundo silencio como respuesta de la demandada.
Al descender de la lancha en la calle 12, se unieron al contingente
los actores Julio Orellano y Gerardo Dawidiuk, quienes dieron al Secretario
algunas precisiones en cuanto al trazado de la calle y quiénes la estarían
utilizando actualmente para el tránsito del material de tablestacado que se
está realizando en la Isla Paulino, por la firma Ecodyma. Al respecto, el
Secretario manifestó que citará a Edodyma para que informe qué uso le está
dando a la calle y si fue autorizada para ello.
Según los representantes del Municipio, el trazado de la calle data
del año 1953. Es decir, se trata de una arteria pública, utilizada diariamente
para el tránsito de personas. Según manifiestan, en el año 2009 el municipio
habría solicitado al puerto que mejorara la calle, sobre la huella existente.
En cuanto al planteo de Gerardo Dawidiuk respecto a que la continuidad
de la calle y su apertura más allá de lo que figura en el trazado atravesó y
destruyó su producción, el Secretario expresó, de común acuerdo con los voceros
del puerto y del municipio, que es un tema ajeno al amparo ambiental, y que en
todo caso el Sr. Dawidiuk debería hacer el reclamo particular por la vía que
sea adecuada.
Antes de regresar al puerto, la lancha se detuvo en terrenos de la
Isla Paulino, sobre la zona identificada como Recinto 3, para ver las
plantaciones de exóticas realizadas por el puerto a modo de reforestación,
consistente sobre todo en pino y araucaria. En el mismo lugar se ven algunas
especies plantadas por el vivero Municipal de Berisso.
Al mencionar los abogados de los actores que la zona del Monte no es
apta para plantar pinos, las abogadas del puerto replicaron que ello estaba
aprobado por el OPDS en base a un informe técnico de un ingeniero agrónomo.
Documentación que no se encuentra anejada a la causa y, por supuesto, no fue
ofrecida a esta parte.
Para finalizar, la lancha recorrió la orilla de la Isla Paulino, para
que el Secretario pudiera ver la “maravillosa” obra de tablestacado que se está
realizando. La cual fue calificada en varias oportunidades por el Ing. Rocca
como gastos colaterales de la obra general.
De regreso en el Puerto La Plata, no se labró Acta sino que se dejó
constancia de quiénes habíamos estado presentes. Los representantes del
Consorcio fueron los primeros en retirarse, ya que concomitantemente con
nuestra tarea, celebraban la asunción del nuevo presidente del Consorcio de
Gestión del Puerto La Plata.
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